D. Jesus Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 75/2017, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a Javier Romero Cortés, acordando la apertura de liquidación y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso consecutivo 75/2017, Sección C2.
NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2016-8008128.
Entidad concursada.- Javier Romero Cortes, DNI 46943892H.
Fecha del Auto de declaración y de apertura de la liquidación.- 28/2/2017.
Administrador concursal.- Maria Lourdes Morán Cruz, con correo electrónico lmoran@slegales.com, domicilio c/ Selva de Mar, 18, local 1, 08019 Barcelona, y teléfono 934106352.
Facultades del concursado.- Suspendida.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio.
También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Plan de liquidación.- Se tiene por presentado el plan de liquidación acordando formar la sección de liquidación y dando a los interesados el plazo de 15 días para que puedan realizar las observaciones o alegaciones que consideren oportunas.
Barcelona, 9 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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