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Documento BOE-B-2017-71532

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 4 de diciembre de 2017, páginas 88496 a 88496 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-71532

TEXTO

Edicto.

En el procedimiento concurso voluntario seguido ante este Juzgado con el número 128/16 de la mercantil Promosofora, S.L., con CIF B-73087678, se ha dictado en fecha 23/11/17 la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA.

No constando existencia de bienes y derechos propiedad de PROMOSOFORA, S.L., para satisfacer los créditos contra la masa, no ha lugar a proseguir la tramitación del procedimiento concursal respecto a PROMOSOFORA, S.L., acordando la conclusión y archivo de las actuaciones, así como la extinción de la persona jurídica.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe.

Murcia, 29 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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