En el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz se tramita Sección I Declaración Concurso 211 /2012 seguido a instancias del procurador don Francisco Javier Rivera Pinna en nombre de HOTEL SUBER, S.L., con CIF B06415947 se ha dictado auto n.º 228/17 de fecha 24 de noviembre de 2017 cuyo fallo es del contenido literal siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso de HOTEL SUBER, S.L., con CIF B06415947, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- Publíquese extracto de la presente de manera gratuita en el BOE, especificando la declaración y terminación del concurso por falta de bienes.
5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por David Almagro González.
Badajoz, 24 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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