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Francisco Velasco García-Plata, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Barcelona hago saber que:
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de la administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 16 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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