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Documento BOE-B-2017-75940

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 27 de diciembre de 2017, páginas 93946 a 93947 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-75940

TEXTO

EDICTO

D./D.ª María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente, Hago Saber:

1.º- Que en Procedimiento Concursal n.º 1999/2017 y con NIG N.º 26089 42 1 2017 0008740 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 12/12/2017 auto de declaración de concurso consecutivo de MARÍA ESTÍBALIZ FERNÁNDEZ TEJERO, con DNI nº 16586961M y con domicilio en Calle Las Terrazas, n.º 11, 1.º b de Logroño.

2.º- Se ha dispuesto la apertura de la fase de liquidación y se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor. La apertura de la fase de liquidación concursal conlleva el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Igualmente por parte del administrador concursal, se ha presentado el correspondiente informe del art. 75 de la LC y el correspondiente plan de liquidación, pudiendo los acreedores impugnar en el plazo establecido en el art. 96 de la LC el informe de la administración concursal. Dichas impugnaciones se tramitarán con arreglo a lo establecido en el art. 191.1 de dicho texto legal. Los acreedores y el deudor podrán en el plazo de diez días hábiles formular alegaciones al plan de liquidación presentado por la administración concursal, pudiendo los acreedores mediante escrito razonado, solicitar la apertura de la sección de calificación concursal.

3.º- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: D. FERNANDO RUBIO GÓMEZ.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Calle Muro de la Mata n.º 6- 2.º de Logroño.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: serte@serte.es.

5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es.

Logroño, 22 de diciembre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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