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Documento BOE-B-2017-76461

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 317, de 30 de diciembre de 2017, páginas 94643 a 94643 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-76461

TEXTO

Maria Oliva Leiva Gonzalez, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Oviedo, en sustitución, por el presente, HAGO SABER:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 263/17 (N.I.G. 33044 47 1 2017 0000551), el Sr. Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 21/12/17 Auto, que no es firme, declarando Concurso Voluntario Ordinario al deudor Pelaez Gutierrez S.L. (Cif: B-33549957), con domicilio sito en Llanorrozo s/n – Oviñana – Cudillero – Asturias.

2º.- Se ha nombrado como Administrador Concursal al abogado D. Pedro Prendes Carril, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la administración Concursal, el siguiente domicilio postal: C/Rodríguez Sampedro num. 5-3ºB de Gijón C.P. 33206 y la siguiente dirección electrónica: concursal@prendesabogados.com y teléfono 985.35.46.14, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: 9.30 horas a 13.30 horas de lunes a viernes.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E. y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 22 de diciembre de 2017.- La letrada de la Administración de Justicia.

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