Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-8946

REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 13 de febrero de 2017, páginas 10607 a 10610 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2017-8946

TEXTO

Acuerdo de Junta Directiva y Comisión Delegada de 4 de febrero de 2017, del REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal del REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el "Boletín Oficial del Estado" o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:

Primero. - Los ficheros del REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO serán los contenidos en los anexos de este Acuerdo.

Segundo. - Se crean los ficheros incluidos en el Anexo I de este Acuerdo, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero. - Los ficheros que se recogen en los anexos de este Acuerdo, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Cuarto. - En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto. - El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

En Madrid, 4 de febrero de 2017.- Secretario general.

Anexo I

Ficheros de nueva creación

Fichero: Expediente disciplinario.

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Expediente disciplinario.

a.2) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de la disciplina deportiva

Finalidades varias (Procedimientos administrativos - Gestión sancionadora).

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Federados. Asociados o miembros.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal

Procedimiento de recogida: Formularios

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, núm.SS/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.

Datos relativos a la comisión de infracciones: Infracciones administrativas

Norma que permite su tratamiento: Ley 10/1990, del Deporte.

Otras categorías de carácter personal:

Datos de características personales (Fecha de nacimiento - edad - nacionalidad)

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

Juzgados y tribunales (Ley 10/1990 del Deporte)

Órganos judiciales, clubes deportivos y federaciones.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

c/ Ferraz, n.º 16, planta 5.ª, dcha., 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Medio.

Fichero: Médico.

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Médico.

a.2) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control antidopaje de los deportistas.

Sanidad (Gestión y control sanitario - Historial clínico).

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Médicos, federados, empleados, asociados o miembros.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: Formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, núm.SS/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.

Otros datos especialmente protegidos: Salud (Recabados con consentimiento expreso del afectado).

Otras categorías de carácter personal:

Datos de características personales (Fecha de nacimiento - lugar de nacimiento - edad - sexo - nacionalidad - características físicas o antropométricas)

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

Juzgados y tribunales (Ley 10/1990, del Deporte)

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

c/ Ferraz, n.º 16, planta 5.ª, dcha., 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel alto.

Madrid, 9 de febrero de 2017.- Secretario general.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid