A los efectos previstos en el artículo 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se publica la Autorización Administrativa y la Declaración de Utilidad Pública de la instalación denominada "Línea Aéreo/Subterránea a 66 kV Doble Circuito Subestación Barranco de Tirajana – Subestación Arinaga" expediente número AT15/104, promovido por Red Eléctrica de España Sociedad Anónima, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, Agüímes y Santa Lucía de Tirajana.
El proyecto ha sido sometido a información pública mediante las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial del Estado número 267, de fecha 4 de noviembre de 2016 en el Boletín Oficial de Canarias número 214, de fecha 4 de noviembre de 2016, en el Boletín Oficial de la Provincia número 134 de fecha 7 de noviembre de 2016 y en prensa de fecha 7 de noviembre de 2016 (La Provincia) y Edicto publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, Ayuntamiento de Agüímes y Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.
Realizados los trámites establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y del Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, vistos los informes recibidos y el Decreto 159/2016, de 26 de diciembre, del Consejo de Gobierno de Canarias, por el que se acuerda la ejecución de este proyecto, esta Dirección General de Industria y Energía ha resuelto, mediante la Resolución DGIE 2/2017 de fecha de 2 de enero de 2017:
1. Autorizar la instalación denominada "Línea Aéreo/Subterránea a 66 kV Doble Circuito Subestación Barranco de Tirajana – Subestación Arinaga" expediente número AT15/104.
2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de los bienes y derechos afectados por la instalación a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Contra la Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor Viceconsejero de Industria, Energía y Comercio, en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Palmas de Gran Canaria, 2 de enero de 2017.- El Director General de Industria y Energía, Erasmo García de León.
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