Edicto
El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
Que en el procedimiento CNA 164/11, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso con fecha 18/12/17, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte Dispositiva
1.-Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Caoten, S.A., CIF A-15.040.777, con domicilio social en la C/ Newton 10, 2.° derecha (La Moura), de Coruña; con los efectos legales inherentes.
2.-Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.-Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese del administrador concursal.
4.-Se acuerda la extinción de la sociedad Caoten, S.A., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil (inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, Tomo 270, Libro 126, Hoja 1.341) y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.-Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6.-Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).
Así lo manda y firma S.S.ª María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Coruña. Doy fe.
Magistrada-Juez Letrado de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.
A Coruña, 20 de diciembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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