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Documento BOE-B-2018-12010

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 27 de febrero de 2018, páginas 15104 a 15104 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-12010

TEXTO

Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 5 de Madrid, según dispone el artículo 23 de la Ley Concursal, hace saber:

1.- Que en el Concurso Abreviado 1276/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0219610, por auto de fecha 12/02/2018, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Estación de Servicio Díaz Álvarez, S.L.U., con n.º de identificación B-81981441, y domiciliado en calle de los Mártires Concepcionistas, n.º 17, C.P. 28006 Madrid.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal, lo cual se ha decretado por auto de fecha 16/02/2018, por el que se acuerda la apertura de la fase de liquidación.

4.- La identidad de la Administración concursal es Quabbala Abogados & Economistas, S.L.P., con domicilio postal en calle José Ortega y Gasset, 25, 2.º C, 28006 de Madrid, y dirección electrónica ediazalvarezsl.comunicaciones@quabbalaconcursos.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio y se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC mediante resolución de fecha 16/02/2018 dictado en el presente concurso.

Madrid, 23 de febrero de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.

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