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Documento BOE-B-2018-1211

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 2018, páginas 1501 a 1502 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-1211

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Maria Valero Domenech, Letrada Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 1190/2012 habiéndose dictado en fecha 5 de diciembre de 2017 por el Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva.

Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1190/2012, promovido por el Procurador Señor Pons Font, Pascual, en nombre y representación de la mercantil Construcción i Reformes Solpla SL, y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Don Guillermo Monzón Gomez, con NIF 22567921-E, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Construccions i reformes Solpla SL, con CIF B-98108889, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la Ley Concursal.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en si informe de fecha 21 de julio de 2017.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 Ley Concursal expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del Real Decreto Ley 3/2009) y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al Procurador de la concursada Pons Font, Pascual, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( artículo 177.1 Ley Concursal )

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el ilustrima señora Doña Montserrat Molina Pla Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 5 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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