Con fecha 24 de enero de 2018, el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda ha resuelto:
Primero.- Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 10 del Reglamento del Sector Ferroviario (R. D. 2387/2004) y el artículo 5 y la disposición adicional novena de la Ley 38/2015 del Sector Ferroviario.
Segundo.- Aprobar el expediente de información pública y audiencia a las administraciones, así como definitivamente el Estudio Informativo del Acceso Ferroviario al Puerto Exterior de A Coruña en Punta Langosteira, seleccionando la alternativa 2A para desarrollar en el proyecto constructivo, conforme a lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental.
Tercero.- Los ajustes de detalle se analizarán durante la redacción del proyecto de construcción manteniendo una adecuada coordinación con otras administraciones y entidades afectadas.
Cuarto.- La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 21 de febrero de 2018.- El Subdirector General de Planificación Ferroviaria, Jorge Ballesteros Sánchez.
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