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Documento BOE-B-2018-1449

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 2018, páginas 1816 a 1817 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-1449

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).

Anuncia:

Que en el procedimiento número 956/2017, NIG número 48.04.2-17/033454, se ha dictado Auto 383/17, de 27 de diciembre, en concurso voluntario referido al deudor Rincón Millán, S.L., con CIF B95577524, con domicilio en Barrio Risquero, número 67 - Arcentales - (Bizkaia) y cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Parte dispositiva.

Primero.- Declarar y concluir el concurso voluntario de la mercantil Rincón Millán, S.L., con domicilio social en la calle Barrio Risquero, 67 - 48879 - Arcentales (Bizkaia), y CIF B95577524.

Segundo.- Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, entregándose al procurador de la solicitante del concurso los oficios necesarios y autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos. La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

Tercero.- Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.

Cuarto.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al citado Registro y de los que se hará entrega al procurador señor Bartau Rojas para su diligenciamiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander, con el número 2755 0000 52 0956 17, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un "Recurso" código 02 Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Firma de la Juez, Firma del Letrado de la Administración de Justicia.

Bilbao, 28 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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