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Documento BOE-B-2018-15010

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 9 de marzo de 2018, páginas 19703 a 19703 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-15010

TEXTO

EL Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Concursal (Lc)

A N U N C I A:

1º.- Que en el procedimiento número 619/2017, con NIG 4109142M20170001388 por auto de 2/3/18 se ha acordado lo siguiente:

1.- Declarar la conclusión del concurso de D. JAVIER BELLO DOMÍNGUEZ.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- La cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- Conceder, con carácter provisional, el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.

7.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.

8.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.

9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

10.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME."

Sevilla, 6 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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