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Documento BOE-B-2018-15495

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 10 de marzo de 2018, páginas 20336 a 20336 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-15495

TEXTO

Edicto

D.ª Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 27/2018 por auto de 07/03/18 se ha acordado en concurso voluntario del deudor ESAN MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DEPORTIVA, S.L., con C.I.F. B84931088 nombramiento nuevo administrador concursal, POLARIS SERVICIOS JURÍDICOS, S.L.P., con domicilio en calle Pintor Moreno Carbonero, n.º 12, bajo A, de Madrid 28028, teléfono/fax 912163881 y dirección electrónica concursos@polarisabogados.com por separación del anterior administrador concursal RUIZ, CASERO Y NAVARRO PROFESIONALES CONCURSALES, S.L.P.

2º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3º Que los acreedores del concurso deben poner en conocimiento de la nueva administración concursal designada POLARIS SERVICIOS JURÍDICOS, S.L.P. a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 7 de marzo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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