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Documento BOE-B-2018-17890

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 20 de marzo de 2018, páginas 23657 a 23657 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-17890

TEXTO

Edicto

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 105/2018 y NIG n.º 30030 47 1 2017 0001125 se ha dictado en fecha 13 de marzo de 2018 auto de declaración de concurso del deudor COMUNIDAD DE REGANTES DEL HEREDAMIENTO REGANTE DE MOLINA DE SEGURA, con CIF G30033393, con domicilio en Calle Mar Menor, s/n, Molina de Segura (Murcia).

2.º-Se ha acordado que las facultades de administración y disposición quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad.

Se ha designado, como administración concursal a la sociedad CONSULTORES Y JURISTAS DE MURCIA, S.L.P., con domicilio postal en Calle Dr. Antonio Mesa del Castillo, n.º 1, 1.º H, CP 30010- Murcia, teléfono 968 259 865, fax 968 263 607, y dirección electrónica concursohrmolina105.2018@consultoresyjuristasdemurcia.es señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º-La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal.

Murcia, 16 de marzo de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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