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Documento BOE-B-2018-1840

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 2018, páginas 2309 a 2310 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-1840

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 2 de las Palmas,

Hago saber: En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de la concursada PROMOCIONES URBANAS VALPARAISO, S.L.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme

7.- La extinción de la entidad la concursada PROMOCIONES URBANAS VALPARAISO, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.

8.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.

9.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.

10.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

11.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es FIRME.

Las Palmas de Gran Canaria, 9 de enero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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