Juzgado de lo Mercantil 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,
Anuncia
1.-Que en el procedimiento numero 358/2018, por Auto dictado en fecha 14 de marzo de 2018, se ha declarado ene concurso voluntario a la mercantil Argo Proyectos de Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal, con CIF: B84379437.
2.-Que la mercantil Argo Proyectos de Inversiones S.L.U conserva la facultades de administración y disposición de su patrimonio.
3.-se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la Conclusión del Concurso por la causa 3.ª del apartado 1 del art. 176.bis Ley Concursal.
4.-Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5.-Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6.-Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 14 de marzo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
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