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Documento BOE-B-2018-1872

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 2018, páginas 2343 a 2344 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-1872

TEXTO

Edicto.

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000078/2014 habiéndose dictado en fecha 01/12/2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte Dispositiva

Acuerdo:

1.- Se Declara la Conclusión Del Concurso Abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000078/2014, promovido por el/la Procurador Sr. Fernandez Reina, Juan Francisco, en nombre y representación de la mercantil Tecmaser SL, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Josep Ronda Barragan con NIF 53206327-J, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la Extinción de la Mercantil Tecmaser, S.L., con CIF B96186002, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 2/11/2017.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Fernandez Reina, Juan Francisco a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. Doy fé.

El/La Magistrado/a Juez/a El/La Letrado/a Admon Justicia

Valencia, 1 de diciembre de 2017.- El/La Letrado/a Admón. de Justicia.

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