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Documento BOE-B-2018-1875

ZAMORA

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 2018, páginas 2348 a 2348 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-1875

TEXTO

EDICTO

Doña M.ª Inés Santiago Alejos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 2 y de lo Mercantil de Zamora, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I declaración de concurso 303/2017 y NIG n.º 49275 41 1 2017 0003470, se ha dictado en fecha 08/11/2017 auto de declaración de concurso necesario del deudor Pieles y Cueros Jiménez, S.L., con CIF n.º B49126154, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera Salamanca km 1 de la localidad de Toro (Zamora).

2º.- Se ha acordado que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y sujeto a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad en la forma prevista en la Ley Concursal. Se ha designado, como Administración concursal a don Norberto Martin-Anero Avedillo, con domicilio postal en c/ Pablo Morillo, nº 4-1.º dcha, Zamora y dirección electrónica señalada norbertomartin@rioduero.net, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

El presente edicto se publica para completar el edicto publicado en fecha 23/12/2017 en relación al presente procedimiento, al estar incompleto el mismo en cuanto a datos de la concursada.

Zamora, 9 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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