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Documento BOE-B-2018-19663

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 31 de marzo de 2018, páginas 25949 a 25949 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-19663

TEXTO

Doña Ángela Quesada Martos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Hago saber: En el procedimiento de concurso seguido ante este Juzgado con el número 318/16 de la mercantil Pérez y Mateos 2005, S.L., CIF B-73410755, se ha dictado la resolución de fecha 22/03/18, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Pérez y Mateos 2005, S.L.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe.

Murcia, 22 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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