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Documento BOE-B-2018-19751

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se otorga concesión administrativa a Aquagestión Sur, Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 31 de marzo de 2018, páginas 26074 a 26074 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-19751

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha otorgado con fecha 13 de Marzo de 2018, una concesión administrativa para la ocupación de un área de unos 262,25 metros cuadrados situada en el edificio del acuario del Puerto de Sevilla, perteneciente al dominio público portuario estatal, ubicado en la margen izquierda del Canal de Alfonso XIII, Muelle de las Delicias, zona de servicio del Puerto de Sevilla, con destino a la ejecución de obras y explotación como auditorio del acuario del Puerto de Sevilla.

Autorizado: Aquagestión Sur, Sociedad Limitada.

Plazo: Hasta el 30 de junio de 2043.

Tasas a abonar:

Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario, en cuanto se refiere a la ocupación de terrenos, por importe de 6,036862 euros/metro cuadrado/año, IVA no incluido.

Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario, en cuanto se refiere a la ocupación de infraestructuras, superestructuras e instalaciones pertenecientes al dominio público portuario estatal, por importe de 2.659,53 euros/año, IVA no incluido.

Tasa por el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios en el dominio público portuario del resultante de aplicar al volumen de negocio, conforme a los tramos que se definen a continuación, los porcentajes siguientes:

De 0 € a 140.000 €, 2%; De 140.001 € a 175.000 €, 2,50%; De 175.001 € a 210.000 €, 3%; De 210.001 € a 245.000 €, 4%; De 245.001 € a 280.000 €, 5%; De 280.001 € a 315.000 €, 6%; De 315.001 € a 350.000 €, 7%; A partir de 350.001 €, 8%.

La cuantía mínima anual a abonar por este concepto queda fijado en el importe de 1.750 euros/año, IVA no incluido.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 21 de marzo de 2018.- El Presidente, Manuel Gracia Navarro.

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