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El Juzgado de lo mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento del art. 23 de la LC, anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 380/2017 por auto de fecha 02/04/2018 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 16 de abril de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
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