BDNS(Identif.):395789
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index y en la página web del MECD: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/centros-docentes/becas-ayudas-subvenciones/universitarios/campus-inclusivos.html
Primero. Beneficiarios.
Estudiantes matriculados en el curso 2017-2018, en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o un Ciclo Formativo de Grado Medio.
Segundo. Objeto.
Subvenciones a universidades y Campus de Excelencia para llevar a cabo un proyecto con diversas actividades, con estudiantes con y sin discapacidad, a realizar durante el verano de 2018.
Tercero. Bases Reguladoras.
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo).
Cuarto. Financiación.
Se concederán diez ayudas a universidades, Campus de Excelencia o unión de universidades, que irán destinadas a sufragar los gastos derivados del desarrollo de los proyectos de Campus Inclusivos de verano presentados al efecto. Cada proyecto deberá incluir un presupuesto detallado por un importe máximo de 27.000 €.
El gasto máximo estimado de la convocatoria es de 270.000,00€, de los cuales el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte aportará 70.000,00€ con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.463A.456 y 20.000,00€ con cargo a la aplicación 18.06.463A.488.05.
La Fundación ONCE y Fundación REPSOL, aportarán 90.000,00 € cada una, con cargo a sus respectivos presupuestos.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes se cumplimentarán, mediante el formulario de inscripción que será accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Sexto. Proyecto Pedagógico.
Las universidades deberán presentar sus proyectos de acuerdo con el anexo II de la convocatoria y cumplir las características y aspectos que se describen a continuación:
- Estancia: un mínimo de 7 y un máximo de 10 días, en régimen de alojamiento y pensión completa, durante los cuales se llevarán a cabo diferentes actividades académicas, culturales, deportivas, de ocio y de convivencia. Dicha estancia se podrá desarrollar durante el mes de julio o la primera quincena de septiembre de 2018.
- Las universidades serán las encargadas de proponer y seleccionar a los estudiantes participantes. Se detallará el proceso de selección, indicando el área de influencia de la universidad solicitante, procedencia de los candidatos, los criterios de selección y el baremo a utilizar para dicha selección de acuerdo a los criterios expuestos con anterioridad. Será de obligado cumplimiento la presencia de estudiantes sin discapacidad que asegurará la verdadera inclusión del proyecto.
- Actividades a desarrollar. Las actividades serán de divulgación académica, orientación vocacional y desarrollo personal y culturales, deportivas y de ocio. Cada una de las actividades propuestas debe detallarse en formato de Unidad Didáctica y contener los siguientes aspectos: Breve descripción de la actividad, Objetivos específicos, Metodología utilizada, Personal implicada en el desarrollo del programa, Materiales necesarios, Evaluación, Accesibilidad y diseño universal.
Los proyectos serán evaluados por una Comisión de Selección, nombrada por el Secretario General de Universidades, compuesta por dos miembros de cada una de las entidades organizadoras.
Madrid, 23 de abril de 2018.- El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por delegación (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Secretario General de Universidades, Jorge Sainz González.
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