BDNS(Identif.):381215
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas, jurídicas, y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, en los términos del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, propietarias, inquilinas o aquellas que ostenten algún derecho de uso sobre los inmuebles en los que se sitúen dichos elementos. También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes y las comunidades de propietarios en edificios con régimen de propiedad horizontal.
2. Los beneficiarios deberán estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social, y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.
Segundo.- Objeto.
Esta resolución tiene por objeto convocar para la anualidad de 2018, a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, subvenciones a fondo perdido para las personas promotoras de actuaciones destinadas a la restauración o sustitución de los elementos especiales de madera y a la restauración de las rejas exteriores de los inmuebles situados en el ámbito del Plan Especial de Rehabilitación de la Ciudad Histórica de Santiago de Compostela.
Tercero.- Requisitos de los inmuebles.
Los inmuebles en los que se realicen las obras objeto de subvención al amparo de estas bases deben reunir los siguientes requisitos:
- Localizarse en el ámbito del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica (PE.1).
- Condiciones suficientes de seguridad estructural y de estanqueidad frente a la lluvia en el momento de ejecución de la obra objeto de esta ayuda.
- Antigüedad superior a 20 años.
- Estar destinados al uso de vivienda, comercial, oficinas en clase I, industrial, socio-cultural y asistencial, según la definición establecida en el Capítulo 3 del Título VI de la Normativa Urbanística del Plan Especial de Protección e Rehabilitación de la Ciudad Histórica.
Cuarto.- Cuantía.
Esta subvención se imputa al crédito presupuestario del 2018 del Consorcio de la Ciudad de Santiago con un importe que asciende a ciento cincuenta mil euros (150.000 euros).
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el BOE. Para el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera inhábil o sábado, el plazo se prorrogaría hasta el siguiente día hábil.
Santiago de Compostela, 10 de enero de 2018.- Belén Hernández Lafuente, Gerente del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela.
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