EDICTO
Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por la presente:
Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado n.º 403/12-D, sobre declaración de concurso de la mercantil Antonio Martínez Ripoll con DNI n.º 21321571-L y Elisa Berenguer Martínez, con DNI n.º 21381977-G, con domicilio en calle García Morato, n.º 30, 4.º izda., Alicante, se ha dictado por el magistrado Juez D. Salvador calero García, auto de fecha 13/10/2015, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto e insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.- Cesar, las limitaciones de la facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Expedir oficio al Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concursal.
5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicación prevista en el artículo 24.
Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.
Alicante, 11 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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