Por Acuerdo de fecha de 5 de octubre de 2017 de la Junta de Gobierno de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI), se llevó a cabo la aprobación definitiva de la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la ejecución del proyecto de referencia, siendo declarada de urgente ocupación, por Acuerdo de 26 de enero de 2018, del Consell de la Generalitat Valenciana.
La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, este Entidad, haciendo uso de las facultades que le otorga la Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.ª y 3.ª de su artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en la relación que se hará pública en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de la provincia de Valencia", y que se encuentra expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Manises, así como en el de esta Entidad, para que asistan al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, en el lugar y hora que a continuación se indica.
T.M. de Manises: Casa de Cultura y Juventud de Manises Carrer Major, 91, 46940 Manises, València.
Nº ORDEN |
POLÍGONO |
PARCELA |
REFERENCIA CATASTRAL |
MUNICIPIO |
TITULARES |
EXPROPIACIÓN (m2) |
SERVIDUMBRE (m2) |
OCUPACIÓN TEMPORAL (m2) |
Día |
Hora |
1 |
05 |
9047 |
46161A005090470000ZZ |
MANISES |
Comunidad de Regantes Acequia de Quart, Comunidad de Regantes Benacher Faitanar |
0,00 |
113,04 |
0,00 |
12/06/2018 |
11:00 |
Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual, y a través de la inserción del correspondiente anuncio de los diarios "Las Provincias" y "Levante El Mercantil Valenciano".
La presente publicación surtirá efectos de notificación a quienes resulten desconocidos y en los casos señalados en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando el D.N.I. y los documentos acreditativos de su titularidad (Nota Simple Registral, o en su defecto Escritura Pública, testamento y declaración de herederos, recibo de impuesto de bienes inmuebles-IBI-, Certificación Catastral u otro documento que permita acreditar la titularidad), siempre que no hubiera sido ya aportados al expediente, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas Actas Previas a la Ocupación, los interesados podrán formular, por escrito, ante la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos, sita en plaza del Ayuntamiento, 9, 3.ª, 46002 Valencia, alegaciones, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados y bienes afectados podrán ser consultados en las dependencias antes citadas.
Valencia, 14 de mayo de 2018.- El Presidente de la EMSHI, Vicent Sarrià i Morell.
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