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Documento BOE-B-2018-29509

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se otorga concesión administrativa a Sevitrade, Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 28 de mayo de 2018, páginas 37467 a 37467 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-29509

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha otorgado con fecha 17 de Mayo de 2018, una concesión administrativa para la ocupación de una parcela de unos 20.000 metros cuadrados de superficie, situada en la Carretera del Copero, Dársena del Cuarto del Puerto de Sevilla, margen izquierda del canal de Alfonso XIII, en la zona de servicio del Puerto de Sevilla y perteneciente al dominio público portuario estatal, con destino a ubicación de tanques de almacenamiento para líquidos (E-504).

Autorizado: Sevitrade, Sociedad Limitada.

Plazo: Hasta el 31 de Diciembre de 2058.

Tasas a abonar:

Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario, en cuanto se refiere a la ocupación de terrenos, por importe de 1,432642 euros/metro cuadrado/año, IVA no incluido.

Tasa por el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios en el dominio público portuario, conforme a los tramos que se definen a continuación:

A partir de la fecha del Acta de Reconocimiento Final de las obras correspondientes a la primera fase de las definidas en el Pliego de Condiciones, la cuantía unitaria de 0,7166 euros/tonelada a la parte del movimiento de mercancías hasta las 30.000 toneladas y de 0,60 euros/tonelada a la parte del movimiento de mercancías que supere las 30.000 toneladas.

A partir de la fecha del Acta de Reconocimiento Final de las obras correspondientes a la segunda fase de las definidas en el Pliego de Condiciones, la cuantía unitaria de 0,7166 euros/tonelada a la parte del movimiento de mercancías hasta las 60.000 toneladas y de 0,60 euros/tonelada a la parte del movimiento de mercancías que supere las 60.000 toneladas.

La cuantía mínima anual a abonar por este concepto queda fijado en el importe de 21.500 euros/año durante la primera fase de las obras y hasta la fecha del Acta de Reconocimiento Final de la segunda fase de las obras y de 43.000 euros/año durante el resto del periodo de la concesión.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 22 de mayo de 2018.- El Presidente, Manuel Gracia Navarro.

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