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Documento BOE-B-2018-31222

NOTARÍA DE DON JAVIER CUEVAS PEREDA

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 8 de junio de 2018, páginas 39571 a 39572 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2018-31222

TEXTO

Javier Cuevas Pereda, Notario del Ilustre Colegio de Baleares con residencia en Santa Eulalia del Río (Ibiza),

Por la presente, hago saber: Que en esta notaría, sita en Santa Eulalia del Río, calle Faisà, número 4, bajos, Nuestra Señora de Jesús (término municipal de Santa Eulalia del Río) se tramita la subsanación, por error de forma, del procedimiento de venta extrajudicial de las fincas que luego se dirán, iniciado en esta notaría el día 27 de abril de 2012, bajo e número 417 de mi protocolo, que fue calificado negativamente por el Sr. Registrador de la Propiedad, lo que hace necesaria la convocatoria de nuevas subastas, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria y concordantes del Reglamento Hipotecario, y, en especial, a la disposición transitoria quinta de la Ley 1/2013, de 14 de mayo.

1. Finca número 1. Urbana.- Entidad registral número ciento treinta y seis (136) Vivienda puerta cuarta con acceso por el núcleo uno del bloque izquierdo o bloque 1, sita en la planta cuarta, o quinta de construcción, identificada como vivienda 1/1/20 de un edificio sito en Santa Eulalia del Río. Tiene una superficie útil de setenta y cuatro metros, con noventa y cuatro decímetros cuadrados (74,94 m²). Tiene el uso exclusivo y privativo de la azotea que la cubre, de una superficie de setenta y cuatro metros, con noventa y cuatro decímetros cuadrados (74,94 m²), a la que se accede a través de escalera desde la propia vivienda. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de los de Ibiza al tomo 1683, libro 608, folio 40, finca registral número 38.590.

2. Finca número 2. Urbana.- Entidad registral número seis (6). Situada en la planta sótano, de un edificio sito en Santa Eulalia del Río, está formada por: a) Plaza de aparcamiento señalada con el número seis. Tiene una superficie de diecinueve metros, con cincuenta y seis decímetros cuadrados (19,56 m²). b) Trastero señalado con el número seis. Tiene una superficie de cuatro metros, con dieciocho decímetros cuadrados (4,18 m²). Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de los de Ibiza, al tomo 1681, libro 606, folio 100, finca registral número 38.460.

3. Finca número 3. Urbana.- Entidad registral número ciento cincuenta y siete (157). Vivienda puerta primera, con acceso por el núcleo dos del bloque izquierdo o bloque 1, sita en la planta cuarta. o quinta de construcción, denominada vivienda 1/2/21 de un edificio en Santa Eulalia del Río Tiene una superficie útil de setenta y cuatro metros, con noventa y cuatro decímetros cuadrados (74,94 m²). Tiene el uso exclusivo y privativo de la azotea que la cubre, de una superficie de setenta y cuatro metros, con noventa y cuatro decímetros cuadrados (74,94 m²), a la que se accede a través de escalera interior desde la propia vivienda. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de los de Ibiza, al tomo 1683, libro 608, folio 103, finca registral número 38.611.

4. Finca número 4. Urbana.- Número catorce (14) Situada en la planta sótano, está formada por: a) Plaza de aparcamiento señalada con el número catorce. Tiene una superficie de diecinueve metros, con cincuenta y seis decímetros cuadrados (19,56 m²). b) Trastero señalado con el número catorce. Tiene una superficie de cuatro metros, con dieciocho decímetros cuadrados (4,18 m²). Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de los de Ibiza, al tomo 1681, libro 606, folio 124, finca registral número 38.468.

En esta misma Notaría tendrán lugar las siguientes subastas:

PRIMERA SUBASTA, a celebrarse el día 9 DE JULIO DE 2018 a las 13:00 horas, siendo los tipos base para las fincas los que a continuación se indican: - Para la finca registral número 38.590: doscientos treinta y siete mil cuatrocientos treinta y nueve euros con siete céntimos (237.439,07 Euros). - Para la finca registral número 38.460: quince mil ciento setenta y cinco euros con cuarenta y cuatro céntimos (15.175,44 Euros). - Para la finca registral 38.611: doscientos cincuenta y siete mil novecientos setenta euros con setenta y un céntimos (257.970,71 Euros). - Para la finca registral 38.468: quince mil cincuenta y cuatro euros con sesenta y cinco céntimos (15.054,65 Euros).

De no haber postor o si resultare desierta o fallida se celebrará segunda subasta.

SEGUNDA SUBASTA, a celebrarse el día 9 DE AGOSTO DE 2018 a las 13:00 horas, cuyo tipo será el 75 por 100 del correspondiente a la primera. De no haber postor o si resultare desierta o fallida se celebrará tercera subasta.

TERCERA SUBASTA, a celebrarse el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2018, a las 13:00 hora, sin sujeción a tipo, a salvo lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor se celebrará 18 DE SEPTIEMBRE DE 2018 a las 13:00 horas.

La documentación y certificaciones del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en esta Notaría en días laborales, de lunes a viernes, de 13 a 14 horas.

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que obra en la notaría. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.

Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta, y, en la 3ª, un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario que suscribe.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo hasta el momento de la subasta.

Las fincas se subastarán independientemente por su orden de descripción. Se abrirán primero las posturas en sobre cerrado, continuándose con las que se ofrezcan verbalmente. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Santa Eulalia del Río, 5 de junio de 2018.- Javier Cuevas Pereda, Notario.

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