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Documento BOE-B-2018-31618

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 9 de junio de 2018, páginas 39972 a 39972 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-31618

TEXTO

D./Dña. CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrado/a Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 3 de VALENCIA, por el presente HAGO SABER:

Que en este Juzgado se tramita CONCURSO ABREVIADO - 000596/2014 de INTERCREM 2010 SL y RAMON CRESCENCIO PIQUER habiéndose dictado en fecha 01/03/2018 el auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Debo acordar y acuerdo conceder la autorización de venta directa, como alternativa a la realización liquidatoria de bienes hipotecados, a la Administración Concursal del presente concurso de D. RAMÓN CRESCENCIO PIQUER sobre:

- La finca registral n.º 4463, inscrita en el Registro de la Propiedad de Puzol, titularidad del concursado, a favor de don JOAQUÍN SAURÍ DUATO y doña EMILIA CAÑAS MARTÍNEZ, titulares de la garantía hipotecaria sobre la misma, mediante una dación en pago con extinción total de la suma adeudada en la masa pasiva del concurso, por un precio fijado en la sima de 255.282,80 euros, resultantes de la extinción del citado crédito con privilegio especial reconocido a su favor.

Procédase, antes de la ejecución de dicha venta, a otorgar la publicidad legal de la oferta, consistente en la misma publicidad que corresponde a la subasta del bien, por un plazo de 10 días, con prevención de que dentro de tal plazo podrá presentarse tercero que mejore aquel precio, abriéndose en tal caso licitación entre los interesados. Transcurrido dicho plazo sin postor alternativo, tendrá plena efectividad la autorización concedida.

Valencia, 2 de marzo de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.

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