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Documento BOE-B-2018-31621

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 9 de junio de 2018, páginas 39975 a 39975 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-31621

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan Autos de concurso voluntario de acreedores núm. 34/11 de la mercantil Garme Colchones, S.L. con CIF n.º B96703707, habiéndose dictado en fecha 9 de mayo de 2018 el Auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Debo acordar y acuerdo conceder la autorización de venta directa, como alternativa a la realización liquidatoria de bienes hipotecados a la administración concursal del presente concurso de la mercantil Garme Colchones, S.L., sobre:

- La finca registral n.º 27.820, inscrita en el Registro de la Propiedad de Picassent n.º 1, titularidad de la mercantil Garme Colchones, S.L., por la suma 1.040.280 euros más la renuncia al remanente del crédito que quede pendiente de pago, más los gastos de compraventa e impuestos, incluida la plusvalía, a favor de la mercantil Torres Espic, S.L., que es el acreedor privilegiado.

- Procédase, antes de la ejecución de dicha venta, a otorgar la publicidad legal de las ofertas, consistente en la misma publicidad que corresponde a la subasta del bien, por un plazo de 10 días, con prevención de que dentro de tal plazo podrá presentarse tercero que mejore aquel precio, abriéndose en tal caso licitación entre los interesados. Transcurrido dicho plazo sin postor alternativo, tendrá plena efectividad la autorización concedida."

Valencia, 10 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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