A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; en el Real Decreto 1399/2006, de 24 de noviembre, por el que se otorga el permiso de investigación de hidrocarburos denominados "Enara" y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se somete a información pública la solicitud señalada, que se detalla a continuación:
- Peticionario: Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A., (SHESA), con domicilio en Bilbao (Bizkaia), Edificio Plaza Bizkaia, Alameda de Urquijo, 36 - 1.ª Planta - 48011.
- Objeto del anuncio: Información Pública del Estudio de Impacto Ambiental y del informe de implantación del "sondeo exploratorio convencional de hidrocarburos Armentia-2".
- Descripción del objetivo del proyecto: El proyecto tiene como objetivo llevar a cabo la perforación de un sondeo exploratorio que permita confirmar, mediante las técnicas convencionales más actuales, la presencia de gas y su potencial producción comercial.
Las características del sondeo exploratorio son las siguientes:
El sondeo ARMENTIA-2 se pretende realizar en una parcela propiedad de la Junta Administrativa de Subijana de Álava, perteneciente al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en la provincia de Álava.
Sondeo Exploratorio |
Coordenada UTM X |
Coordenada UTM Y |
Altitud |
Datum |
Profundidad final estimada |
Armentia-2 |
518.371 |
4.740.444 |
523 msnm |
ETRS89 Huso 30 |
5.550 m lineales 4.993 m sobre la vertical |
El programa de perforación del sondeo tendrá una duración estimada de 80 días en el pozo piloto, y una duración estimada total de 163 días.
Dentro de estos plazos se proyectan las siguientes actuaciones:
- Obra civil para acondicionar la parcela y poder instalar de forma temporal los equipos de perforación.
- Perforación del pozo Armentia-2.
- Prueba de producción de corta duración.
- Evaluación de los resultados.
Y posteriormente:
- Prueba de producción de larga duración (contingente en función de los resultados de la prueba de producción de corta duración).
El proyecto está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según la resolución de 3 de mayo de 2017 de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente. Este procedimiento está regulado en la sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental.
De acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la autorización del proyecto corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, previa Declaración de Impacto Ambiental.
Lo que se hace público para conocimiento general. A este respecto, se indica que los documentos del Estudio de Impacto Ambiental y el informe técnico de Implantación del Sondeo se hayan disponibles en el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Álava, sita en calle Olaguíbel, 1, 01071 Vitoria-Gasteiz, o a través del siguiente enlace http://run.gob.es/armentia2 y, en su caso, cabe presentar ante dicho órgano las alegaciones que se consideren oportunas, por triplicado, en el plazo de treinta días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, o bien en el registro electrónico, https://rec.redsara.es.
Vitoria-Gasteiz, 23 de mayo de 2018.- El Subdelegado del Gobierno en Álava, Antonio Sáenz de Santamaría Muniategui.
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