Edicto
Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid,
En el concurso 129/2013 se dictó un Auto por el que se ha declarado:
1.- Concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de Avanzia Capital, S.A., con CIF n.º A-79201943.
2.- El cese de la Administración Concursal designada.
3.- La extinción de la persona jurídica deudora.
4.- La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Madrid, 12 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.
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