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Documento BOE-B-2018-33518

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 19 de junio de 2018, páginas 42214 a 42214 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-33518

TEXTO

Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha de 31 de mayo de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n.º 545/2011, NIG 12040-66-2-2011-0000667, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Necesario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Cerámicas Artísticas Ondenses, S.L.", domiciliado en Carretera Viver Puerto Burriana, núm. 80 de Onda, Castellón y CIFnúmero B-12089181.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte Dispositiva:

1.- Acordar la Conclusión del Concurso de Cerámicas Artísticas Ondenses S.L. seguido bajo el núm.. Concurso Abreviado [CNA], numero 545/2011-III, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.- Declarar aprobadas las Cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.- En particular, Acordar la Extinción de la entidad Cerámicas Artísticas Ondenses, S.L., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del art. 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el art. 24 de la propia LC (art. 177.3 de la LC).

5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos de la resolución firme (art. 178.3 de la LC) a los Registros Públicos que correspondan.

6.- Llévese el original al libro de Autos y déjese testimonio en las actuaciones Sección primera del concurso.

7.- Notifíquese el presente Auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos se hayan personado en el concurso.

Castellón, 6 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

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