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Documento BOE-B-2018-34546

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 2018, páginas 43420 a 43421 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-34546

TEXTO

Edicto.

Doña Mónica Rubio Solanes, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valencia, por el presente

Hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de persona física Laura Isabel Gordillo Roses con NIF 25.398.197-F, con el número de registro 000170/18 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 22 de marzo de 2018 cuya parte dispositiva tiene el siguiente tenor literal:

Parte dispositiva

1.- Se admite a trámite la solicitud presentada por Miguel Ángel Peláez Hernández Mediador Concursal, y se Declara el estado de Concurso Consecutivo de Laura Isabel Gordillo Roses con D.N.I. n.º 25398194F.

2.- Se nombra administrador concursal a Miguel Ángel Peláez Hernández, a quien se notificará por conducto urgente dicha designación a fin de que sin dilación comparezca en este Juzgado para aceptar y jurar el cargo.

Notifíquese el nombramiento al Colegio correspondiente haciendo constar que se hace en el seno del Concurso Consecutivo, habiendo designado previamente como mediador concursal por el Notario ante el que se ha tramitado el proceso de AEP.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades patrimoniales y de disposición de la concursada, siendo sustituida por la administración concursal en los términos previstos en el Título III de la Ley Concursal, dado que con la presente resolución se acuerda la apertura de la sección de liquidación.

4.- Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE.

Remítanse las correspondientes notificaciones al Registro Público Concursal de conformidad al artículo 198 LC.

Notifíquese personalmente a los acreedores de los concursados que resultan de la relación aportada por el solicitante, a fin de que procedan a comunicar sus créditos en plazo legal.

5.- Líbrese exhorto oportuno al Registro Civil donde conste inscrito el deudor, para la inscripción de la Declaración de Concurso Consecutivo Voluntario con suspensión de las facultades administrativas y de disposición, así como el nombramiento del administrador concursal.

6.- Comuníquese la fecha de declaración de concurso, con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombramiento de la administración concursal, al Juzgado Decano correspondiente para información a los Juzgados del orden civil, social, penal y contencioso administrativo a los efectos previstos en el art. 50 a 57 de la LC; en concreto al Juzgado Decano de Valencia.

8.- Fórmense las secciones segunda, tercera, cuarta y quinta del concurso.

9.- Comuníquese igualmente la presente resolución, en su caso, a la TGSS y Agencia Tributaria, Y al FOGASA a los efectos del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese la presente resolución al concursado, y expídanse los mandamientos, oficios, exhortos y notificaciones conforme a lo ordenado.

Entréguense los mandamientos, notificaciones, publicaciones y exhortos oportunos a la AC solicitante a los efectos de que realice las actuaciones pertinentes conforme se ordena en el presente auto, haciéndole saber que deberá acreditar conforme a los artículos 172.2, 168.2 y 176 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 y la Disposición Final quinta el cumplimiento de los mismos.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma. Doy fe.

Y para que se lleve a cabo la publicación anteriormente dispuesta, se expide el presente

Valencia, 22 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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