Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente,
HACE SABER:
Que en el procedimiento concursal número 323/2013 se ha dictado en fecha 14 de marzo de 2018 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil Comercial Jocar, S.L., cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Se declara la conclusión del concurso de Comercial Jocar, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.
Se acuerda la extinción de la sociedad Comercial Jocar, S.L., con CIF n.º B- 35016054, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.
Las Palmas de Gran Canaria, 21 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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