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Documento BOE-B-2018-36259

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 5 de julio de 2018, páginas 45411 a 45411 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-36259

TEXTO

Edicto

Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,

Hago saber:

Que en el procedimiento de concurso voluntario de la mercantil Granxola Inversiones, S.L., se ha dictado sentencia de fecha 8 de marzo de 2018, en cuya parte dispositiva constan entre otros los siguientes extremos:

FALLO

I.- Debo aprobar y apruebo el convenio concursal adoptado para el concurso de GRANXOLA INVERSIONES, S.L., según propuesta de convenio de la concursada fechada el 10 de marzo de 2017 y con fecha de entrada en el Juzgado de 27 de abril de 2017, el cual tendrá efecto según los propios términos de su contenido.

II.- Debo acordar y acuerdo el cese de la Administración concursal en sus cargos, cese que tendrá efecto de modo automático e inmediato una vez firme la presente sentencia, cuando entre en vigor el convenio aprobado, según su propio contenido, y sin perjuicio de las funciones que éste pudiera atribuir a los miembros de esa Administración y de su actuación en la Sección de calificación. A partir de tal momento, dicha Administración concursal contará, sin necesidad de previo requerimiento alguno, con un plazo de un mes para rendir cuenta detallada de su labor.

III.- Debo acordar y acuerdo la terminación de los efectos legales sobre la intervención de facultades de administración y disposición patrimonial del deudor concursado generados por la declaración de concurso, terminación que tendrá lugar en el mismo momento de cese de la Administración Concursal, siendo sustituidos, en su caso, tales efectos legales por los previstos en el convenio aprobado.

Y para su publicación en el "BOE" expido el presente.

Madrid, 6 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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