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Documento BOE-B-2018-36276

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 5 de julio de 2018, páginas 45432 a 45432 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-36276

TEXTO

D.ª MARÍA LUISA SÁNCHEZ GARRIDO, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 112/18 se ha dictado en fecha 20 de junio de 2018 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor FIN EXPORT 96, S.L., con CIF B-36803054, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Coruña, número 24, ático C1-36209-Vigo.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

3º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

4º.- Se declara disuelta la entidad FIN EXPORT 96, S.L., con CIF B-36803054.

5º.- Se ha designado, como Administración concursal, al abogado Don José Ramón MILLÁN CIDÓN, Colegiado 1400 del ICA, con DNI núm. 36110074-M, y domicilio profesional en calle Colón, 12-3.º-36201-Vigo, con la dirección electrónica concursofinexport96@lener.es y teléfono fijo 986 442 838 y fax 986 226 110.

6º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LEC, será de UN MES desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

7º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento, deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC)

Vigo, 20 de junio de 2018.- Letrada Administración Justicia, M.ª Luisa Sánchez Garrido.

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