Que en el proceso CONCURSO CONSECUTIVO 342/2017 seguido en el Juzgado n.º 2 de Pozuelo de Alarcón se ha dictado Auto de fecha 27/09/2017 cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Debo declarar y declaro a los deudores D. MIGUEL AGUILAR MILAN con DNI n.º 00683105M y D.ª MARÍA ESTHER SANZ FERNÁNDEZ con DNI 50429996N en situación de concurso consecutivo y, asimismo, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa.Se nombra administrador concursal a D.ª NOEMI DE CÓRDOBA ÁLVARO.
Frente a dicho Auto cabe recurso de apelación (artículo 176 bis.4 LC). El recurso será sustanciado y resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación exponiendo el apelante las alegaciones en las que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC), el plazo se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.
Pozuelo de Alarcón, 18 de enero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Pozuelo de Alarcón.
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