Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-36381

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 6 de julio de 2018, páginas 45585 a 45585 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-36381

TEXTO

Miguel Ángel García Herrera, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Valencia, hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 184/2018 en el que se ha dictado auto acordando el concurso consecutivo de persona física y la publicidad del mismo y ordenando darle publicidad con los siguientes datos, acordándose:

Debe ratificarse la declaración de concurso de fecha 11 de mayo de 2018 al deudor Carlos Valdemoro Garrido con DNI n.º 00541703F, con domicilio en Valencia, en la calle Duque de Calabria n.° 18-12.ª, y en situación de concurso consecutivo desde esa fecha.

Administrador concursal.- D. Mario Ortiz Quiles con D.N.I. n.º 00541703F con domicilio en c/ Moratin, 15-8.ª, Valencia 46002, teléfono 963513721 FAX 963518756 e.mail mario@ortizmartosabogados.es, nombrada Administradora concursal como Letrada

Facultades del Concursado.- Suspendidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podría efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documento relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogados o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

El presente edicto tiene carácter gratuito según real decreto 3/2009 de 27 de marzo.

Valencia, 11 de mayo de 2018.- El Letrado de la Admón. de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid