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Documento BOE-B-2018-36398

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 6 de julio de 2018, páginas 45602 a 45602 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-36398

TEXTO

D./Dña. Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 1015/2017 habiéndose dictado en fecha 1 de junio de 2018 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, sentencia en el incidente de oposición a la conclusión, decretándose el cese de la Administración concursal D. Vicente Vilella Silla, NIF n.º 25411572-E, expidiéndose el presente edicto a fin de que se publique en ese BOE el fallo de la sentencia:

"I.- Con desestimación íntegra de la demanda interpuesta por la representación procesal de 21 Formación Continua de Empresas, S.L., debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de la mercantil 21 Formación Continua De Empresas, S.L., registrado bajo el n.º 295/2017, por insuficiencia de la masa activa del mismo para atender el pago de los créditos contra la masa

II.-Debo ordenar y ordeno el cese de la Administración Concursal nombrada, a salvo la facultad para conseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial; asimismo ordeno el cese del régimen de intervención de facultades sobre la concursada con el archivo de las actuaciones, a partir de cuyo momento los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de nuevos bienes o derechos.

III.- Se acuerda la extinción de la mercantil 21 Formación Continua De Empresas, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción, y en los Registros Públicos correspondientes, librándose al efecto los oportunos mandamientos.

IV.- Debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas formulada por la administración concursal de la mercantil 21 Formación Continua De Empresas, S.L., en los términos de su escrito presentado el 28 de junio de 2017.

V.- No procede la imposición de costas a ninguna de las partes."

Valencia, 26 de junio de 2018.- El/La Letrado/a Admon Justicia.

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