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Documento BOE-B-2018-36758

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 7 de julio de 2018, páginas 45991 a 45991 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-36758

TEXTO

D.ª M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Letrada de la Administración de Justicia de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos de la Sección I declaración concurso del concurso voluntario consecutivo abreviado, seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000334/2018 y NIG n.º 4718647120180000336 se ha dictado en fecha veintisiete de junio de dos mil dieciocho auto de declaración de concurso voluntario consecutivo abreviado de los deudores MARTÍN HUEBRA GONZÁLEZ, con D.N.I. 12367564G, y RAQUEL LÓPEZ ACEBES, con D.N.I. 12327295P, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Gallegos, 5, piso 1 B, 47430-Pedrajas de San Esteban (Valladolid).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, que ejercerá la administración concursal, abriéndose la fase de liquidación. Se ha designado, como Administración concursal a la Abogada Sra. D.ª BEATRÍZ SÁNCHEZ LÓPEZ, que ejerció como mediadora concursal, con domicilio postal en calle Santiago, n.º 19, 2.º C, 47001-Valladolid, y dirección electrónica señalada para el concurso la siguiente: bsanchez@veiabogados.com

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. No admitiéndose comunicaciones de crédito dirigidas a este Juzgado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Valladolid, 3 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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