Contido non dispoñible en galego
Edicto
D.ª Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia,
Por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º CNA 236/2016, con NIG 30030 47 1 2016 0000528, se ha dictado en fecha 04/07/2018 auto de conclusión de concurso voluntario del deudor HANNIBAL PIPES, S.A., con CIF A02486827, acordando la conclusión y archivo de las actuaciones.
2.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.
3.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
4.º Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
5.º Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Murcia, 6 de julio de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia.
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