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Documento BOE-B-2018-38301

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 20 de julio de 2018, páginas 47971 a 47971 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-38301

TEXTO

EDICTO

Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Hago saber: En el procedimiento seguido ante este Juzgado con el número 394/17 de la mercantil Alimentación Gesticar, S.L., CIF B-53895389, se ha dictado la resolución de fecha 17/07/18, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

No constando existencia de bienes y derechos propiedad de Alimentación Gesticar, S.L., para satisfacer los créditos contra la masa, no ha lugar a proseguir la tramitación del procedimiento concursal respecto a Alimentación Gesticar, S.L. acordando la conclusión y archivo de las actuaciones, así como la extinción de la persona jurídica.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 lecon.

Lo acuerda y firma Javier Quintana Aranda, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, doy fe.

Murcia, 17 de julio de 2018.- La Letrada de la administración de Justicia.

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