D. Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona hago saber que:
En el Concurso Voluntario nº 702/2013-D se dictó un Auto de conclusión del concurso de la entidad Wind Park, S.L., con CIF B-61756656.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 11 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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