La Consellería del Medio Rural está tramitando la modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida Monterrei.
La solicitud de modificación afecta aspectos puntuales del pliego de condiciones y del documento único que sirvieron de base para su inscripción en el registro europeo y debe someterse a un proceso preliminar de publicidad para eventuales oposiciones a nivel del Estado miembro antes de su tramitación a la Comisión Europea. Así lo recoge tanto el Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, como el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.
Por todo lo anterior,
RESUELVO:
Tener por comprobada la documentación y continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida Monterrei y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.6 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del acto administrativo relativo a dicha solicitud. Los archivos que contienen los textos correspondientes al nuevo pliego de condiciones y documento único se pueden obtener, respectivamente, en las siguientes direcciones electrónicas:
http://mediorural.xunta.gal/fileadmin/arquivos/alimentacion/produtos_calidade/2018/Pliego_de_condiciones_DOP_MONTERREI_agosto_2018_CCC.pdf
http://mediorural.xunta.gal/fileadmin/arquivos/alimentacion/produtos_calidade/2018/Documento_unico_DOP_Monterrei_agosto_2018__C_.pdf
También se dará publicidad de la solicitud en el Diario Oficial de Galicia.
De acuerdo con lo establecido en la normativa de aplicación se abre un plazo de dos meses, a computar desde el día siguiente al de la publicación que se efectúe en el DOG y en el BOE de forma más tardía, para la formulación de oposiciones, que deberán ser dirigidas al siguiente órgano competente:
Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias. Consellería del Medio Rural. Edificios administrativos de San Caetano, s/n. 15781- Santiago de Compostela.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Consellería de Medio Rural, de conformidad con lo previsto en los artículos 115, 120 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 3 de agosto de 2018.- La directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, Belén M.ª do Campo Piñeiro.
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