Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal ( LC), anuncia:
Que en el procedimiento CNO 7/12, se ha dictado Auto de conclusión de concurso con fecha 22/12/2017, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de ELECNAVAL, S.L., CIF B-15.563.794, con domicilio social en la C/ Naturalista López Seoane, 33-35, Entresuelo, de Ferrol ( La Coruña); con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese del administrador concursal.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad ELECNAVAL, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercanitil ( inscrita en el Registro Mercantil de La Coruña, TOMO 1.823, Folio 29, Hoja C- 16.617) y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de anuncios de este Juzgado.
6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (articulo 177 de la LC)
Así lo manda y firma Su Señoría Doña María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada - Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de La Coruña
Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.
A Coruña, 22 de diciembre de 2017.- El / la Letrado de la Administración de Justicia.
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