Acuerdo de la Dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Murcia por el que se desiste de la convocatoria efectuada para la contratación del servicio de limpieza de todas las dependencia del ésta, a través del expediente 30-MU2018/048.
Existen la posibilidad de desistimiento, del proceso de adjudicación de este expediente de contratación (art.º 152 de la LCSP), por una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato.
Al existir en este caso una infracción del ordenamiento jurídico y no ser ajustadas a derecho los criterios de adjudicación, por contravenir el artículo 145.3, de continuar con el procedimiento de adjudicación se produciría un menoscabo del interés público y la adjudicación futura no podría ser conforme a derecho.
Murcia, 10 de septiembre de 2018.- La Directora Provincial, Alicia de la Villa Gil.
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