EDICTO
Dña. M.ª Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, hago saber:
Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado con n.º 998/18 de SMART EVENTS & INCENTIVES, S.A., con CIF A-82778465, en los que se ha dictado auto de fecha 12/9/2018 acordando:
1.- Se declara competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador de los Tribunales D. RAMIRO REYNOLDS MARTÏNEZ, en nombre y representación de SMART EVENTS & INCENTIVES, S.A. con CIF A-82778465
2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor SMART EVENTS & INCENTIVES, S.A. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII L.Co. para el procedimiento abreviado.
3.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
4.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176 bis. L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración del concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
b.- Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE;
Y para que sirva de publicidad en forma, se expide el presente, en
Madrid, 12 de septiembre de 2018.- El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.
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