Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 97/2012 habiéndose dictado en fecha 15 de junio de 2018 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Se decreta la conclusión del concurso concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 97/2012, promovido por el Procurador Sr/a Orts Rebollida, Elvira, en nombre y representación de la mercantil Cien Mil Cupas, S.L, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Luis Gabarda Cassinello, con DNI n.º 22568365-Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Cien Mil Cupas, S.L, con CIF B-97336317, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 19 de abril de 2018.
Valencia, 15 de junio de 2018.- La Letrada Admon. Justicia.
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